El Poder Ejecutivo propone que, en vez de ser penada con dos a cinco años de prisión, las personas encontradas culpables de difamar enfrenten uno o dos años tras las rejas.
En 22 días en República Dominicana entrará en vigencia un nuevo Código Penal que ha sido cuestionado y rechazado por distintos sectores de la sociedad por términos ambiguos, definiciones poco precisas, artículos que limitarían la libertad de expresión, entre otros.
El Poder Ejecutivo que promulgó Ley 74-25 del Código Penal en agosto de 2025, sometió una serie de modificaciones al Senado de la República cuando falta menos de un mes para que esta ley comience a regir.
Las modificaciones propuestas por el Ejecutivo impactarán los artículos: 121, 122, 123, 141, 142, 144, 170, 176, 192, 207, 208, 211, 214, 215, 248, 303, 310 y 354.
Esto se produjo luego de que sectores marcharan en contra de la denominada "Ley Mordaza" contenida dentro del nuevo marco penal, y días continuos de cacerolazos en sectores del Gran Santo Domingo.
¿Cuáles han sido los artículos más polémicos?
El artículo 207 establece sanciones por perjurio a las personas que afirmen un hecho falso bajo juramento o promesa de decir la verdad ante un juez, árbitro, funcionario u otra persona competente para recibir el juramento o la promesa, mediante un documento suscrito por la persona que haga la declaración.
En primera instancia, el marco penal apunta que la persona que cometa perjurio económico o patrimonial será sancionada con penas de cinco a diez años de prisión mayor y multa de diez a veinte salarios mínimos del sector público.
